Programa de Exención de Visado
Los pasajeros que viajen a Estados Unidos de América en visitas de turismo o de negocios, con una duración igual o inferior a 90 días, no necesitarán visado, siempre y cuando se trate de ciudadanos de alguno de los siguientes países: Portugal, Alemania, Andorra, Austria, Australia, Bélgica, Brunei, Dinamarca, Eslovenia, España, Finlandia, Francia, Holanda, Irlanda, Islandia, Italia, Japón, Liechtenstein, Luxemburgo, Mónaco, Noruega, Nueva Zelanda, Reino Unido, San Marino, Singapur, Suecia y Suiza.
Para más información, visite el sitio web:
Exención de Visados para EE UU y ESTA
ESTA - SISTEMA ELECTRÓNICO PARA AUTORIZACIÓN DE VIAJE
Si usted posee un pasaporte emitido por uno de esos países después del año 2001, deberá solicitar una autorización electrónica siempre que viaje a Estados Unidos de América, a través del Sistema Electrónico de Autorización de Viaje.
A partir del 12 de enero de 2009, los viajeros que se encuentren dentro del marco de exención de visados y no soliciten la autorización para viajar a través del ESTA (Electronic System for Travel Authorization) se les podrá negar la entrada en el país.
Para obtener esta autorización, deberá rellenar un formulario en el sitio web del ESTA. El sistema de acceso en la página electrónica le pedirá que responda a unas preguntas básicas sobre datos personales y de elegibilidad —las mismas que se incluyen en el formulario I-94W en papel—, sin ser necesarios más datos adicionales además de los anteriores.
La autorización deberá solicitarse y obtenerse con un mínimo de tres días antes del viaje.
Si quiere asegurarse, lo mejor es obtener la autorización antes de realizar la reserva del viaje.
Procedimiento:
- Acceda a la página web del ESTA (https://esta.cbp.dhs.gov/) y rellene el formulario. El sistema le pedirá respuestas básicas de identificación, similares a las de los formularios que se rellenaban hasta ahora en los puertos y aeropuertos de EE UU.
- Una vez que posea la autorización, imprima el documento, que deberá adjuntar a su pasaporte y presentarlo, si es solicitado, al salir de Portugal o en el punto de control fronterizo en EE UU. Si el sistema dice que 'No se le autoriza el viaje’ el pasajero deberá solicitar un visado de no-inmigrante en el consulado más cercano o en la Embajada en Lisboa.
- Si el sistema dice que la 'Autorización está pendiente’ deberá volver a conectarse a Internet pasadas 72 horas para recibir la respuesta final.
- Estas autorizaciones son válidas durante dos años, a partir de la fecha en la que se obtienen y serán válidas para múltiples entradas en EE UU, no siendo necesario, en ese plazo, volver a solicitar una nueva autorización. Si el pasaporte caducase, deberá solicitarse una nueva autorización.
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